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Impacto de la Directiva de eficiencia energética en edificios en la legislación nacional

La Unión Europea se ha comprometido a establecer un sistema energético sostenible, competitivo, seguro y descarbonizado de aquí a 2050. Para alcanzar ese objetivo, los Estados miembros y los inversores necesitan medidas destinadas a alcanzar el objetivo a largo plazo de emisiones de gases de efecto invernadero y a descarbonizar el parque inmobiliario, que es responsable de aproximadamente el 36 % de todas las emisiones de CO2 de la Unión, de aquí a 2050.

Teniendo en cuenta que casi el 50 % del consumo de energía final de la Unión se destina a calefacción y refrigeración, de la cual el 80 % se consume en edificios, la consecución de los objetivos de la Unión en materia de energía y cambio climático está relacionada con los esfuerzos de la Unión para renovar su parque inmobiliario priorizando la eficiencia energética, aplicando el principio «primero, la eficiencia energética» y estudiando el despliegue de las energías renovables.

Una de las medidas que se ha impulsado es la modificación de la Directiva de Eficiencia Energética (Directiva 2012/27/UE) como de la Directiva de Eficiencia Energética en Edificios (Directiva 2010/31/UE), mediante la Directiva (UE) 2018/844.

La aprobación de la Directiva (UE) 2018/844 introduce nuevas disposiciones que hacen necesaria la transposición al ordenamiento jurídico español de las novedades que esta directiva introduce y, por extensión, de la legislación relacionada:

    • El Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, desarrolla el procedimiento básico que debe cumplir la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética, considerando aquellos factores que más incidencia tienen en su consumo energético, así como las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los edificios.

Este Real Decreto transpone parcialmente la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a la certificación de eficiencia energética de edificios, refundiendo el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, con la incorporación del Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes, teniendo en consideración además la experiencia de su aplicación en los cinco años previos.

    • El Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios se promulgó para transponer la Directiva 2002/91/CE, de 16 de diciembre, de eficiencia energética de los edificios y sustituye al aprobado por Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio.

El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), establece las condiciones que deben cumplir las instalaciones destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene a través de las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria, para conseguir un uso racional de la energía.

El RITE constituye el marco normativo básico en el que se regulan las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios para atender la demanda de bienestar e higiene de las personas.

    • Se pretende adaptar el Código Técnico de la Edificación a lo dispuesto en los artículos 8.2, 8.3 y 8.5 de la Directiva (UE) 2018/844 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios y la Directiva 2012/27/UE relativa la eficiencia energética, que establecen las condiciones para desarrollar las infraestructuras mínimas necesarias para la recarga inteligente de los vehículos eléctricos en los aparcamientos de los edificios e impulsar el empleo de energía procedente de fuentes renovables mediante la potenciación del autoconsumo eléctrico, ya que una mayor utilización de fuentes renovables permitirá avanzar en la senda marcada desde Europa hacia la reducción de gases de efecto invernadero en la Unión, así como hacia la disminución de la dependencia energética de esta.