mercantil

Luis Güell Cancela

socio cuatrecasas, gonçalves pereira, s.r.l.p._

 

Directiva (UE) 2019/1151, la constitución online de sociedades es una realidad

En esta ocasión nuestro artículo está centrado en la constitución online de sociedades de responsabilidad limitada sin necesidad de personarse físicamente ante notario, cuestión que concluye un proceso de adaptación a la directiva comunitaria sobre la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de Sociedades, iniciado previamente, pero impulsado por la situacion pandémica actual.

De conformidad con la Directiva (UE) 2019/1151, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132, la constitución online de sociedades de responsabilidad limitada deberá ser una realidad en agosto de 2021. Esta realidad es un reflejo más de la iniciativa europea de lograr un mercado único digital y de proporcionar a los usuarios nuevas ventajas en términos de eficiencia y costes, derivados de la transformación de las administraciones hacia un entorno digitalizado e interconectado.

Se trata de reducir los costes, el tiempo y las cargas administrativas asociados a tales procesos, sin renunciar al control de legalidad y a la asesoría e intervención de los notarios para garantizar la seguridad jurídica del proceso.

Se pretende un proceso intuitivo y sencillo que garantice la aplicación de la normativa comunitaria, la identificación y verificación de la capacidad jurídica de los firmantes, el asesoramiento imparcial y la prevención de blanqueo de capitales y fraude fiscal. El proceso es muy sencillo y se realizará mediante una conexión por videoconferencia con el notario.

Bajo el principio de “solo una vez” la Directiva pretende que las sociedades no tengan que presentar la misma información a la Administración en distintas ocasiones. Constituida una sociedad en un país, no necesitará presentar de nuevo los documentos para, por ejemplo, crear una sucursal en otro país. De igual modo, presentado cualquier documento en el Registro, las demás Administraciones deberán utilizar dicho Registro.