Editorial

Se acabó el verano, inhábil a efectos judiciales pero muy intenso en cuanto a la labor notificadora de la administración que por extraña razón considera que agosto es un buen mes para notificar la incoación de expedientes a los ciudadanos, con plazos que transcurren y precluyen tanto en el ámbito urbanístico como en el tributario.

El poder legislativo autonómico también ha estado activo durante julio y agosto, y así el DOGA de 26 de julio publicó la nueva Ley 4/2019 de administración dixital de Galicia, que afecta directamente a los profesionales y empresas en cuanto regula sus comunicaciones con la administración, y los efectos perversos de su incumplimiento, en cuanto a la pérdida de plazos de alegaciones y recursos cuando la notificación digital no es abierta en plazo.

El mismo día disponemos del anuncio de una Instrucción para el mejor entendimiento de la recientemente aprobada Ley 1/2019 de 22 de abril de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas de Galicia, con la pretensión de mejorar la aplicación práctica de la nueva norma en cuanto a la recuperación de inmuebles. De lectura imprescindible para evitar enviar a la DX de Patrimonio expedientes que pueden evitar dicho trámite. Se publicó en el DOGA de 13 de agosto.

El DOGA de 31 de julio publica el Decreto 92/2019 por el que se modifica el Decreto 143/2016 por el que había aprobado el Reglamento de la Ley 2/2016 del Suelo de Galicia.

En tres años han sido ya varias las modificaciones de una Ley y un Reglamento que se anunció como definitivo. Contiene cambios esenciales, y artículos de calado como el 63 y el 205.

Como la administración Local no puede ser menos, en agosto se publica en el BOP la normativa urbanística de la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Salvaterra do Miño. ¿No será hora de tramitar un Plan Xeral?

Y seguimos en agosto con la publicación en el DOGA del día 7 de la nueva Ley 5/2019 del Patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia, que afecta a la actividad promotora y viene a establecer nuevas limitaciones al territorio potencialmente urbanizable.

Dos días después, (no puede ser casualidad) el DOGA publica el importante Decreto 97/2019, por el que se regulan las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, con importantes novedades y efecto directo sobre la actividad promotora.

En Vigo, la esperada ordenación provisional vio la luz cuatro años después de su tramitación, en el DOGA de 26 de agosto, y BOP de 20 de septiembre. Se ha puesto en marcha el contador para la aprobación de un nuevo PXOM.

Como dice Ana Pastor, la periodista, estos son los datos, saquen ustedes las consecuencias.